Consulta On-Line

 

EN ÉPOCAS DE CRISIS UD. NECESITA  VENDER SU PROPIEDAD

       Y  NO CUENTA CON ESCRITURA

Nuestro equipo de Abogados, Escribanos y Gestores especializados en Regularización dominial tiene la solución para cada caso particular.

 Necesita ceder los derechos de su casa sin ir a juicio? Está tramitando la sucesión de su casa y descubre que sus abuelos compraron en cuotas y nunca tuvieron escritura? Compró por boleto y no pudo escriturar? Solucionamos todo.

Si estoy interesado en comenzar con la regularización ¿Qué opciones tengo?

El proceso de canalización del caso consta de 3 etapas.

Consulta

  1. Ud. deberá acreditar el pago de la consulta ($2.000) y enviar el comprobante vía Whatsapp a cualquiera de los números detallados.
  2. Recibirá un mail a la casilla que nos indique solicitándole la documentación que posea para poder realizar el análisis pertinente del caso.
  3. Uno de nuestros especialistas solventará sus dudas y le detallará cuáles son las opciones más viables y le comentará cómo es el proceso para poder concretar la regularización dominial.

IMPORTANTE: En caso de que Ud. decida realizar la legalización, el pago del arancel de consulta se DESCONTARÁ del total de honorarios.

Reserva de archivo

Si ud. está interesado en concretar la legalización de su inmueble, pero por razones que lo exceden no puede lograrlo al momento de realizar la consulta, puede realizar una reserva de archivo, y si concreta la apertura de carpeta dentro de los 30 días corridos, obtendrá un 20% de descuento en la totalidad de su gestión. 

IMPORTANTE: En caso de que pase el período mencionado, no obtendrá el descuento pero la reserva se contemplará del total de la gestión.

Apertura de carpeta

Abonando la totalidad del los honorarios de la legalización por adelantado obtendrá un 25% de descuento y priorizaremos su caso del resto de carpetas para que pueda recibir la documentación que le corresponde en el menor tiempo posible.

Puede abonar la mitad de los honorarios para efectuar la apertura de carpeta y comenzar con la redacción de sus documentos.

Completando el saldo pendiente se hará entrega de su carpeta en la escribanía correspondiente.

 

Llame hoy mismo:  

01122624849

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De Lu. a Vi. ( 9 a 18 hs )

 

Somos un Estudio Jurídico-Notarial, dedicado a la Regularización de Posesiones

sobre Bienes Inmuebles, Embarcaciones, Autos y Bienes Muebles

Lea atentamente el siguiente artículo:

 ¿¿Cuánto sabemos sobre la fuerza de los hechos en el derecho??

Actualmente quien va a comprar un inmueble,  sabe que debe exigir una escritura. Pero, ¿conoce en realidad el significado de la escrituración en el ámbito jurídico? Y desde otro punto de vista, ¿¿se reconoce a los hechos la fuerza con la que en realidad impactan en la vida jurídico contractual??

Muchas veces los titulares del dominio de un inmueble, tienen una escritura que los reconoce como tal, sin embargo otra persona se comporta como dueño y disfruta del bien.

El hecho de la posesión tiene tanta fuerza en la vida jurídica como en la naturaleza. Quien posee es dueño, hasta que pueda comprobarse lo contrario y un juez lo desapodere del bien.

La esctritura es un documento muy importante, es cierto, otorgado por un funcionario depositario de la fe pública, que determina frente a  terceros la titularidad del bien.

Pero entre partes, en este caso poseedor de buena fe y  propietario, las cosas pueden ser distintas.

La posesión ininterrumpida pacífica y pública de un bien inmueble durante veinte años, genera cambios tan importantes que llega a despojar a quien detenta la escritura de sus derechos.

Para ello toda la documentación privada que acredite la buena fe del poseedor, y el inicio de esa posesión sin transgredir norma alguna, ni mediante ardid o engaño , fuerza o rotura de cerraduras, escalamiento etc, vale título.

Claramente asi lo expresa el Còdigo Civil de la Nación: la posesión de buena fe VALE TÍTULO.

Este origen, sumado a una serie de actos que demuestren que el poseedor en verdad se comporta como dueño (pago de impuestos, mejoras, etc) convalidan este hecho jurídico de forma tal que, transcurrido el plazo de ley, según la jurisdicción y normas locales, se podrá requerir la ESCRITURACIÓN JUDICIAL.

He investigado y trabajado largamente en esta problemática y con la colaboración de escribanos expertos, he logrado que quien se encuentre en esta situación pueda ceder su derecho por escritura pública al comprador,  sin verse forzado a judicializar la venta.

Es claro que cada situación tiene sus particularidades y aristas y cada una representa para el profesional un tentador desafío destinado a solucionar el problema de su patrocinado.

Estamos dispuestos a escuchar su consulta y resolver su problema. 

 

Estudio Lang & León

11 - 5843 - 1100

11 - 2720 - 3706

 

estudiolangyleon@hotmail.com

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